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Candidato a diputado federal no incurrió en actos anticipados

La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral federal resolvió que el entonces candidato de la coalición Todos por México a diputado federal por el Distrito 2 en San Luis Potosí, José Luis Romero Calzada, no cometió actos anticipados de campaña.

En su sesión de este viernes, el pleno de la Sala determinó que Romero Calzada no incurrió en la supuesta comisión de actos anticipados de campaña, a través de la exhibición de propaganda en un anuncio espectacular y tres autobuses de transporte público.

Los magistrados resolvieron que no se acreditó la falta denunciada porque la propaganda no contenía un mensaje que buscara posicionar favorablemente al denunciado, en detrimento de alguno de sus opositores.

Asimismo, los elementos publicitarios contenían características que, a simple vista, podían ser confundidos con propaganda comercial de la industria automotriz, más que con la contienda electoral.

En la propaganda no había referencias expresas al candidato denunciado o a su opositor, o alusiones a alguna de las etapas del proceso electoral ni promesas de campaña, por lo que la Sala Regional Especializada no advirtió el fin univoco e inequívoco que deben concurrir para actualizar los actos anticipados de campaña.

Con base en dichas consideraciones, determinó que no se actualizó el elemento subjetivo de los actos anticipados de campaña que se contempla en la jurisprudencia 4/2018 de la Sala Superior, de rubro: “Actos anticipados de precampaña o campaña.

Señaló que para acreditar el elemento subjetivo, se requiere que el mensaje sea explícito o inequívoco respecto a su finalidad electoral (legislación del Estado de México y similares).

NTX/JRN/MAC/VOTO/NAL/

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