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Concluye SPJN análisis de la reforma en materia electoral en Tamaulipas

Invalidó la norma de la Ley Electoral de Tamaulipas

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión remota del Tribunal Pleno, realizada a través del sistema de videoconferencia, invalidó la norma de la Ley Electoral de Tamaulipas que contemplaba la creación de oficinas municipales como parte del Instituto Electoral Local, sin establecer como mínimo sus atribuciones, al considerarla violatoria de los principios de legalidad y certeza.

Por otro lado, el Pleno validó en lo general la regulación del quórum y las votaciones en los Consejos General, Distritales y Municipales del referido Instituto, así como la relativa a estos últimos, por tratarse de ámbitos de libertad configurativa de las entidades federativas y no advertirse violación a algún principio en materia electoral.

Debe recordarse que, en la sesión pasada, el Pleno invalidó diversas disposiciones de la citada Ley Electoral, referentes a coaliciones, retiro de propaganda, libertad de expresión y capacitación, e interpretó de conformidad con la Constitución normas relacionadas con la paridad de género y los requisitos de elegibilidad para acceder a cargos públicos.

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